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Créditos: Gobierno rechaza postura de los bancos y afirma que actúa dentro de la Ley

Desde el Ministerio de Economía exponen que no se vulneran normas respecto a las disposiciones sobre el refinanciamiento y/o reprogramación de créditos dados por las entidades financieras

diciembre 5, 2020
en Economía
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Créditos: Gobierno rechaza postura de los bancos y afirma que actúa dentro de la Ley
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El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas rechazó “categóricamente” la sugerencia de la Asociación de Bancos Privados de Bolivia (Asoban) en el sentido de que se vulneren las normas establecidas sobre la modificación de la reglamentación respecto a los intereses devengados sobre el capital diferido de los créditos.

Asoban emitió hoy un comunicado en relación a la promulgación del Decreto Supremo 4409 aduciendo que el mismo vulnera lo establecido en la normativa legal sobre las relaciones y obligaciones contractuales entre privados, la seguridad jurídica y contraviene la Constitución Política del Estado, al obligar su aplicación retroactiva​​.

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El miércoles pasado, el presidente Luis Arce promulgó el decreto 4409, que establece que las entidades de intermediación financiera deberán trasladar 10 cuotas diferidas por la pandemia al final del plan de pagos del crédito, sin aplicar intereses adicionales y con una cuota fija.

En este sentido, desde la cartera de Economía informaron que el Gobierno central dispuso el diferimiento del pago de las amortizaciones de las cuotas de intereses y capital y otros gravámenes de los créditos hasta el 31 de diciembre del año 2020. En ese marco y en cumplimiento a la ley, el gobierno emitió el Decreto Supremo N°4409 de 2 de diciembre de 2020, recogiendo el mandato del Órgano Legislativo.

En este sentido se aclara que la disposición adicional única del Decreto Supremo 4409, establece que: “Las entidades de intermediación financiera, contabilizarán las cuotas diferidas en las cuentas especiales establecidas para este efecto. Dichas cuotas diferidas no generarán ni devengarán intereses extraordinarios o adicionales, no se podrá incrementar la tasa de interés ni se ejecutarán sanciones ni penalizaciones de ningún tipo”.

Esto significa que los montos correspondientes al interés devengado por el capital de las cuotas diferidas, se mantendrán invariables, no pudiendo el capital diferido, generar ningún tipo de carga financiera adicional, ni mayores intereses por este concepto.​

“En ese sentido, los consumidores financieros deberán pagar cada una de sus cuotas diferidas, en los meses que sucedan a la última cuota de su plan de pagos inicialmente pactado; asimismo, estas cuotas no pueden ser variadas de ninguna forma por la entidad financiera, de tal manera, que cada cuota diferida será pagada en la misma cantidad y periodicidad pactada”, manifestaron desde el Ministerio de Economía.

Asimismo, el Artículo 2 del decreto, dispone que los prestatarios de aquellos créditos que tengan cuotas diferidas, están facultados a refinanciar y/o reprogramar estas operaciones, sin perjuicio del diferimiento explicado en el punto anterior.

Adicionalmente, esta norma, en atención a la realidad vivida y el escenario marcado por la pandemia de la Covid-19, con el propósito de que las Entidades de Intermediación Financiera puedan evaluar de manera adecuada a sus prestatarios, dispone que adecúen sus procesos de análisis y evaluación de otorgación de créditos, incorporando la generación de flujos futuros, lo cual mejora la capacidad de pago.

​Además, según el Gobierno, con esta medida se permite que aquellas personas que puedan generar recursos en el futuro inmediato, accedan a refinanciamiento o reprogramaciones, permitiendo lograr recursos adicionales para dar continuidad con su negocio o actividad, con el apoyo de su entidad financiera.

También, se pone en conocimiento de la población que los prestatarios a quienes les quede al menos dos años de plazo en su crédito, pueden beneficiarse con la extensión del mismo hasta por cinco años, con lo cual, se propone un alivio real en el consumidor financiero, que se traduce en la reducción de su cuota.

 

Fuente. El Deber

Etiquetas: BoliviaEconomía
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